Es una Asociación creada al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
La Asociación tiene como fin estratégico ser una Asociación científica y docente, sin fines lucrativos, que representa a la Sexología. Se ocupa en el ámbito de la Sexología de la promoción, de la
formación, de la prevención, del tratamiento y de la rehabilitación en estas áreas. Asimismo, son fines de la Asociación:
- Agrupar a aquellos profesionales y promotores de la salud sexual interesados en las teorías y recursos terapéuticos para fomentar y favorecer el intercambio de puntos de vista y
experiencias.
- Preservar la cientificidad interdisciplinaria de la Sexología.
- Facilitar y multiplicar los contactos entre y con sociedades, asociaciones, institutos, centros y personas interesadas en el hecho sexual, tanto en sus aspectos humanos, terapéuticos,
pedagógicos, como de investigación y similares.
- Difundir los resultados de la investigación en el campo de la sexología y potenciar las iniciativas tendentes a esa difusión.
- Impulsar y promover la creación de asesorías con finalidades orientativas e informativas para los ciudadanos, así como cualquier forma de manifestación de éstos tendentes a garantizar el
ejercicio de una libre sexualidad.
- Velar y tutelar el libre y honesto ejercicio del profesional de la Sexología.
A pesar de que de que la Asociación no tiene fines lucrativos ni especulativos, podrá desarrollar todas aquellas operaciones que contribuyan y supongan una ayuda para el cumplimiento de los fines
de la misma. A modo enunciativo, apertura de cuentas corrientes, gestión de préstamos y créditos y solicitud de subvenciones y donaciones.
Tipos de socios
Podrán pertenecer a la Asociación aquellas personas con capacidad de obrar que tengan interés en el desarrollo de los fines de la Asociación.
Dentro de la Asociación existirán las siguientes clases de socios/as:
- Fundadores: serán aquellos que participen en el acto de constitución de la Asociación y firmen el Acta Fundacional. Dos de estos socios fundadores ostentarán el cargo vitalicio de Presidente/a y
Director/a de la Fundación. Asimismo, en caso de dimisión o fallecimiento, podrán determinar qué persona física les sustituirá en el cargo, que tendrá también carácter vitalicio.
- Cofundadores: serán aquellos que ingresen en la Asociación con posterioridad a la elaboración y firma del acta fundacional, pero que por sus características personales y/o profesionales tendrán
la misma consideración estatutaria que los socios fundadores. El alta como socio cofundador será una prerrogativa exclusiva del Presidente/a y Director/a.
- Titulares: serán los que ingresen en la Asociación después de la constitución de la misma. Participan en su mantenimiento, con igual cuota económica que los socios fundadores y contribuyen en la
realización de los fines de la Asociación
- De honor: los que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Asociación, se hagan acreedores a tal distinción. El nombramiento de los socios
de honor corresponderá a la Junta Directiva.
- Colaboradores: son todos aquellos miembros que, sin participar con cuota económica fija al mantenimiento de la Asociación, colaboran de manera esporádica y voluntaria en alguno de los fines de la
Asociación, en función de su calidad de especialistas en Psicología, Sexología o Sexoterapia, siendo propuestos por la Dirección Ejecutiva y aprobada esta distinción por la mayoría simple de los
votos de la Junta Directiva.